Texto oficial
Artículo 9°. Su estructura orgánica u organización interna y las funciones y competencias de cada una de sus unidades u órganos internos. En esta materia -a diferencia del párrafo anterior en el que se contienen las funciones, atribuciones y/o tareas relativas al sujeto obligado en general-, se contendrá la información relativa a cada una de las unidades o dependencias de la empresa, cualquiera sea la denominación que tengan (por ejemplo: directorio, presidencia ejecutiva, vicepresidencias, gerencias, direcciones, subgerencias, subdirecciones, entre otras). Para ello, se consignará la siguiente información en una planilla:
a) Nombre comercial o razón social y RUT de la sociedad o empresa;
b) Nombre de cada unidad o dependencia del sujeto obligado;
c) Descripción de las facultades, funciones y atribuciones asignadas a cada una de sus unidades o dependencias internas. No será suficiente establecer las funciones y competencias del encargado de la unidad u órgano, sino que deberán consignarse las generales de las unidades mismas;
d) Indicaciones de el o los artículos de la ley, estatuto u otro documento que las otorgó; o en su defecto, indicación de que las unidades o dependencias y sus funciones y atribuciones fueron establecidos por los criterios de organización interna de la respectiva empresa;
e) Fecha de publicación, cuando haya sido publicada en el Diario Oficial, o de dictación en caso contrario;
f) Enlace al documento que contenga el texto íntegro y actualizado de la normativa que otorga las facultades y atribuciones; y
g) Fecha de su última modificación si la hubiere; o bien, un texto indicando expresamente que no ha sido objeto de modificaciones.