Texto oficial
Artículo 4º.- En el número 1º del artículo único
de la ley Nº 18.320, sustitúyese la expresión ''de dos
meses'' por la frase ''señalado en el artículo 63º del
Código Tributario,''.
Concede aumento a las pensiones y establece su financiamiento por medio de modificaciones a normas tributarias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122103 / 8332270.