Texto oficial
Artículo primero.- El artículo 27 ter incorporado en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, solo será aplicable a los procesos de planificación territorial iniciados con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley.
Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de fortalecer y modernizar el sistema de planificación territorial del país
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221500 / 10583854.