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Artículo 4º del Decreto 142

Aprueba reglamento de financiamiento de las capacidades estratégicas de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221544 / 10584146.

Texto oficial

Artículo 4º.- Nombramiento de los representantes. El nombramiento de los representantes del Presidente de la República, y de los Ministerios de Defensa Nacional y Hacienda deberán efectuarse designando un miembro titular y suplente. El suplente actuará ante cualquier ausencia del respectivo titular.