Texto oficial
Artículo 12. Marco normativo. En la planilla correspondiente al marco normativo deberán incorporarse las leyes, reglamentos, decretos, instrucciones y resoluciones que correspondan al sujeto obligado, con indicación de lo siguiente:
a) Año y mes en el que se realiza la publicación en la página de transparencia activa;
b) Tipo y número de la norma;
c) Denominación de la norma (por ejemplo, en el caso de un decreto supremo que apruebe un reglamento, el nombre de este reglamento);
d) Fecha de promulgación;
e) Fecha de publicación, cuando haya sido publicada en el Diario Oficial;
f) Enlace al documento que contenga el texto íntegro y actualizado de cada norma, no debiendo informarse ni añadirse enlaces a versiones derogadas de los textos de las normas que correspondan; y
g) Fecha de la última modificación registrada en ese texto, si la hubiere, o indicación de que el texto no ha sido objeto de modificaciones.