Saltar al contenido

Artículo 47 de Resolución 80 EXENTA

Aprueba texto refundido , coordinado y sistematizado de la instrucción general del consejo para la transparencia, sobre transparencia activa y deroga resolución nº 500 exenta, de 2022, de este consejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221720 / 10584931.

Texto oficial

Artículo 47. Otras transferencias. Los sujetos obligados deberán incorporar en un ítem especial las transferencias no regidas por la ley Nº 19.862. La publicación deberá incluir todas las transferencias efectuadas, en una misma planilla, ordenadas por año calendario y cronológicamente según hayan sido efectuadas, indicando lo siguiente: a) Año y mes al que corresponde la publicación; b) Fecha en que se materializó la transferencia; c) Unidad monetaria en la que se realizó la transferencia (por ejemplo, peso chileno, dólar estadounidense, euro, libra esterlina, entre otras); d) Monto; e) Imputación presupuestaria; f) Objeto, finalidad o destino de la aplicación de dichos fondos públicos (absteniéndose de utilizar siglas y/o expresiones genéricas); y, g) Identificación de la persona natural o jurídica que la recibe (Nombre completo o razón social, según corresponda).