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Artículo 103 de Resolución 80 EXENTA

Aprueba texto refundido , coordinado y sistematizado de la instrucción general del consejo para la transparencia, sobre transparencia activa y deroga resolución nº 500 exenta, de 2022, de este consejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221720 / 10585000.

Texto oficial

Artículo 103. Publicidad de las obligaciones contenidas en la ley Nº 20.922. Las municipalidades deberán disponibilizar la información que están obligadas a remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrati vo, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de la ley Nº 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, exceptuando la información que se indica en el inciso final de dicho artículo. Para dar cumplimiento a esta obligación, las municipalidades deberán disponibilizar esta información en su respectivo sitio electrónico de transparencia activa, dentro de los primeros diez días hábiles del mes siguiente al que se remite la información a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, en conformidad con lo dispuesto en dicha la ley.