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Artículo 10° de Auto Acordado 81

Acta n° 81-2026

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1222298 / 10587612.

Texto oficial

Artículo 10°. Situación de funcionarios o funcionarias con permiso sin goce de remuneraciones: En caso de que el funcionario o funcionaria registre permiso sin goce de remuneraciones durante los doce meses anteriores al retiro, se considerará como base de cálculo la renta imponible correspondiente al grado de la escala de sueldos a que se encuentre asimilado el cargo de planta o a contrata que ocupe.