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Artículo 32º de Auto Acordado 81

Acta n° 81-2026

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1222298 / 10587645.

Texto oficial

Artículo 32º. Asignación de cupo: La Corporación Administrativa tendrá un plazo de diez días hábiles, desde la recepción de la solicitud de postulación, para revisar los antecedentes, resolver acerca de la asignación del beneficio, y tramitar resolución de asignación de cupo firmada por el (la) Presidente(a) de la Corte Suprema, en caso de que proceda. Lo resuelto deberá ser notificado al funcionario o funcionaria al correo electrónico institucional y al que fije en su postulación.