Texto oficial
Artículo cuarto.- Mientras no se encuentre aprobado el Plan Estratégico de Recursos Hídricos en cuenca al que se refieren el artículo 293 bis del Código de Aguas y el artículo 13 de la ley N° 21.455, el informe técnico y la Estrategia Nacional de Desalinización considerarán aquellos estudios elaborados por la Dirección General de Aguas sobre la base de la información disponible.