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Artículo 10 de Auto Acordado S/N

Auto acordado de la corte de apelaciones de santiago sobre integración de salas por inhabilidad de sus miembros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1227048 / 10606126.

Texto oficial

Artículo 10.- Vigencia. El presente Auto Acordado comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.