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Artículo 12 de la Ley 6.526 · Fija los sueldos y distribución de la planta de los empleados de correos y telegrafos

Fija los sueldos y distribución de la planta de los empleados de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 123973 / 7238436.

Texto oficial

Artículo 12.o La totalidad de las imposiciones que los mensajeros tengan derecho a retirar de la Caja de Seguro Obligatorio, con motivo de la aplicación de la presente ley, deberá ser entregada por dicha institución a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas; con cargo a ella se hará el descuento que preceptúa la letra d) del artículo 14 del decreto con fuerza de ley Nº 1,340 bis y el saldo pasará a incrementar el respectivo fondo de retiro.