Texto oficial
Artículo 15.- Los funcionarios serán ubicados en las listas de calificaciones de acuerdo con el siguiente puntaje:
Lista Nº 1, de Distinción, de 81,00 a 100 puntos. Lista Nº 2, Buena, de 46,00 a 80,99 puntos.
Lista Nº 3, Condicional, de 30,00 a 45,99 puntos. Lista Nº 4, de Eliminación, de 10,00 a 29,99 puntos.