Texto oficial
Artículo 41.- El escalafón de mérito deberá enviarse a la Contraloría General de la República dentro de los quince días siguientes de expirado el proceso calificatorio.
Aprueba reglamento de calificaciones del personal afecto al estatuto administrativo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 124035 / 8642407.