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Artículo 33 del Decreto 341

Aprueba texto refundido y coordinado decretos leyes n°s. 1.055 y 1.233, de 1975; 1.611, de 1976, y 1.698, de 1977

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12491 / 9092954.

Texto oficial

Artículo 33°.- Derógase, asimismo, el DFL. N° 6, de 1969, del Ministerio de Hacienda, sobre los almacenes francos de Iquique, a contar de la fecha en que este Ministerio, por decreto supremo que deberá publicarse en el Diario Oficial y previo informe de la Intendencia de la I Región, compruebe que se ha iniciado el funcionamiento de la Zona Franca a que se refiere la letra a) del artículo 2° de este decreto ley (DL. N° 1.055, Art. 15°, modificado por el DL. N° 1.233, Art. 2°).