Texto oficial
Artículo único: Institúyese el día 30 de noviembre
como Día del Ministerio de Educación.
El Subsecretario de Educación y los Secretarios
Regionales Ministeriales deberán, en ese día, organizar
actos cívicos dedicados a poner de relieve políticas,
programas y/o acciones educacionales de importancia nacional
o regional.
Las celebraciones pertinentes podrán realizarse en otra
fecha por razones de servicio fundadas, calificadas por el
Subsecretario de Educación.