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Artículo 54 del Decreto 348

Reglamenta articulo 27 del decreto ley n° 3.476 de 1980, sobre educacion fundamental de capacitacion tecnico-profesional o de enseñanza practica de cualquier rama de la educacion agregado por ley n° 18.681, de 1987

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12547 / 7145051.

Texto oficial

Artículo 54°.- Las postulaciones a la subvención estatal, por los cursos que reglamenta el presente decreto, se regirán por las disposiciones del Decreto Supremo de Educación N° 8144 de 1980 y sus modificaciones. Con el propósito de reemplazar a los alumnos seleccionados que no se matriculen o se desistan, en la nómina de alumnos se podrá incluir un mayor número de seleccionados. Este reemplazo podrá efectuarse sólo hasta el momento de iniciar el curso.