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Artículo 2 (DEL ART. FINAL) de la Ley 9.909 · Fija los textos definitivos del código de aguas

Fija los textos definitivos del código de aguas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125984 / 7240778.

Texto oficial

Artículo 2.o Atendida su naturaleza las aguas son muebles, pero destinadas al uso, cultivo o beneficio de un inmueble, se reputan inmuebles.