Texto oficial
Artículo 4.o Las aguas terrestres son superficiales o subterráneas, corrientes o detenidas.
Las corrientes escurren por cauces naturales o artificiales.
Fija los textos definitivos del código de aguas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125984 / 7240780.