Texto oficial
Artículo 115. Las convocatorias a Juntas y las resoluciones de carácter general, ya sean de las Juntas o del Directorio, se harán saber a los accionistas por medio de un aviso que se publicará en un diario de la capital de la provincia y, a falta de diario, en un periódico de la misma ciudad. Si la capital de la provincia no fuere la capital del departamento en que tenga su domicilio la Asociación, el aviso se publicará también en un diario de esta última capital y, a falta de diario, en un periódico de la misma ciudad, si lo hubiere. Además, se dirigirá carta certificada al domicilio que el accionista haya registrado en la Secretaría de la Asociación en caso de citación a Juntas Extraordinarias.