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Artículo 45 del Decreto 355

Aprueba el reglamento orgánico de los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12617 / 7145337.

Texto oficial

ARTICULO 45° Se podrá prescindir del sistema de propuesta pública para la ejecución de obras, recurriéndose a propuesta privada, trato directo o administración delegada, en los casos indicados en el decreto supremo 331, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1975. El SERVIU podrá utilizar el sistema de ejecución directa para obras de conservación de pavimentos.