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Artículo UNICO de la Ley 19.588

Elimina el dia 11 de septiembre de cada año como feriado legal y lo sustituye por el ''dia de la unidad nacional''

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127036 / 8336585.

Texto oficial

"Artículo 1º. Sustitúyese el artículo único de la ley Nº 18.026, por el siguiente: "Artículo único. Declárase feriado legal el primer lunes del mes de septiembre, fecha que se denominará "Día de la Unidad Nacional".".".