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Artículo 1 del Decreto 20

Fija el texto refundido, actualizado y sistematizado del decreto con fuerza de ley numero 326, de 1960, sobre cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127072 / 9002062.

Texto oficial

Artículo 1.- Para los fines del presente decreto con fuerza de ley son cooperativas las instituciones sin fines de lucro que, teniendo por objeto la ayuda mutua, se rigen por sus disposiciones y presentan las características fundamentales siguientes: Los socios tienen iguales derechos y obligaciones, un solo voto por persona y su ingreso y retiro es voluntario; Los aportes perciben un interés limitado; Deben distribuir sus excedentes en proporción al esfuerzo social; Deben observar neutralidad política y religiosa, desarrollar actividades de educación cooperativa y procurar establecer entre ellas relaciones federativas e intercooperativas.