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Artículo 26 del Código de Derecho Internacional Privado

Código de derecho internacional privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12820 / 9475648.

Texto oficial

Art. 26. Para las personas que no tengan domicilio se entenderá como tal el de su residencia o en donde se encuentren.