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Artículo 220 del Código de Derecho Internacional Privado

Código de derecho internacional privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 12820 · idParte: 9475889

Texto oficial

Art. 220. La gestión de negocios ajenos se regula por la ley del lugar en que se efectúa.