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Artículo 26 del Decreto 405

Reglamento de productos psicotropicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13066 / 8467184.

Texto oficial

ARTICULO 26° Las farmacias podrán, con intervención de su respectivo Director Técnico, adquirir formularios de recetas cheques para su utilización en casos de emergencia, en el Servicio de Salud en cuyo territorio estén ubicadas. El formulario deberá usarse exclusivamente en el establecimiento y no podrá ser transferido ni cedido a ningún título.