Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 19.603

Autoriza al banco central de chile para suscribir aumento de cuota que corresponde a chile en el fmi

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 130660 / 6150689.

Texto oficial

''Artículo único.- Autorízase al Banco Central de Chile para suscribir, con cargo a su disponibilidad de reservas, el aumento de cuota que la corresponde a Chile en el Fondo Monetario Internacional, hasta completar la cantidad de ochocientos cincuenta y seis millones cien mil Derechos Especiales de Giro, contenido en la Resolución Nº 53-2 ''Aumento en las Cuotas de los Miembros del Fondo Undécima Revisión'', adoptada por la Junta de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional, el 30 de enero de 1998.''.