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Artículo UNICO del Decreto 1879

Promulga la convencion interamericana contra la corrupcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 131065 · idParte: 6152011

Texto oficial

Artículo único.- Promúlgase la Convención Interamericana Contra la Corrupción, adoptada el 29 de marzo de 1996; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.