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Artículo PRIMERA transitorio de la Ley S/N · Constitución política de la república de chile

Constitución política de la república de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131386 / 8340535.

Texto oficial

Primera: Quedan derogadas las leyes existentes sobre las materias de los artículos 30, número 3.o; 73, números 8.o, 13.o y 14.o y 95, número 3.o y 4.o de la Constitucion de 1833, suprimidos por la presente reforma. Durante cinco años el Estado entregará al señor Arzobispo de Santiago la cantidad de dos millones quinientos mil pesos anuales para que se inviertan en el país en las necesidades del culto de la Iglesia Católica.