Texto oficial
Tercera:
La proclamacion del nuevo Presidente de la República,
o su eleccion, en caso de que ningun ciudadano obtenga en
las urnas la mayoría necesaria, será hecha por los
Diputados y Senadores elejidos en conformidad a la
disposicion siguiente. Para este solo efecto el Tribunal
Calificador dará poderes especiales a los candidatos que
estime con mejor derecho en vista de los antecedentes que
alcance a conocer.