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Artículo 2 del Decreto Ley 3540

Concede bonificacion especial a los trabajadores y pensionados del sector publico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131623 / 6153872.

Texto oficial

Artículo 2°.- El mayor gasto fiscal que signifique la aplicación del artículo precedente se financiará con reasignaciones, de recursos consultados en la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente, del ítem 50-01-02-25-33.005.