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Artículo UNICO del Decreto Ley 3531

Autoriza traspaso de horas extraordinarias dentro del ministerio de obras publicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131624 / 6153875.

Texto oficial

Artículo único.- Traspásense de la Dirección General de Metro del Ministerio de Obras Públicas a la Dirección General de Obras Públicas del mismo Ministerio para ser asignadas a la Dirección de Vialidad la cantidad de veinticinco mil horas extraordinarias, otorgadas a la primera de las nombradas para el año 1980.