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Artículo 2 de la Ley S/N · Lei interpretativa del articulo 5.º de la constitución

Lei interpretativa del articulo 5.º de la constitución

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131712 / 8926563.

Texto oficial

Art. 2.º Es permitido a los disidentes fundar i sostener escuelas privadas para la enseñanza de sus propios hijos en la doctrina de sus relijiones".