Texto oficial
"Artículo único. La elección de miembros del Senado i de la Cámara de Diputados que, según el artículo 57 de la Constitucion, deben formar parte de la Comision Conservadora, se hará por voto acumulativo".
Forma en que debe hacerse la eleccion de miembros de la comision conservadora
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 131724 / 6154199.