Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 952

Ley 952

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134125 / 8342784.

Texto oficial

Art. 2º Autorízasele igualmente por el término de dos años para contratar un empréstito esterior que dé un producto líquido hasta de ciento cincuenta mil libras esterlinas a un interes de cinco por ciento anual, a fin de que se invierta en la continuacion de dichas obras y demas necesarias para la provision de agua potable de Valparaiso.