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Artículo UNICO de la Ley 1.028

Ley 1.028

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134143 / 6161461.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los grandes servicios prestados a la República por el jeneral de brigada don José Velásquez, concédese a su viuda e hijas solteras una pension anual de cinco mil pesos ($ 5,000), que gozarán en conformidad a la lei de montepío militar.