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Artículo UNICO de la Ley 1.019

Ley 1.019

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134155 / 6161491.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados a la Nacion por el señor don Andres Bello i por el señor don Belisario Prats, concédese a la señora doña Josefina Bello, viuda de Prats i a sus hijas solteras una pension anual de cinco mil pesos, de la cual gozará con arreglo a la lei de montepío militar.