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Artículo UNICO de la Ley 1.070

Ley 1.070

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134159 / 6161503.

Texto oficial

Artículo único.- Se concede a la viuda e hijos del palanquero de los trenes de la canalizacion del Mapocho don Ismael Bahamondes, muerto a consecuencia del choque de trenes ocurrido en la estacion de Batuco en el mes de marzo de 1891, los beneficios que acuerda el artículo 67 de la lei de 4 de enero de 1884 a la familia de los empleados de los ferrocarriles que fallecen en accidentes del servicio.