Texto oficial
Artículo único.- Se concede a la viuda e hijos del palanquero de los trenes de la canalizacion del Mapocho don Ismael Bahamondes, muerto a consecuencia del choque de trenes ocurrido en la estacion de Batuco en el mes de marzo de 1891, los beneficios que acuerda el artículo 67 de la lei de 4 de enero de 1884 a la familia de los empleados de los ferrocarriles que fallecen en accidentes del servicio.