Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, a las hermanas solteras del teniente coronel don Tomas 2.º Yávar i del teniente don Eujenio Yávar, la pension que el artículo 12 de la lei de 22 de diciembre de 1881, acuerda a la madre viuda de sarjento-mayor muerto en accion de guerra, de la cual disfrutarán con arreglo a la lei de montepío militar.