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Artículo UNICO de la Ley 1.098

Ley 1.098

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134170 / 6161536.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los importantes servicios prestados al pais por el señor don Amado Pissis, concédese a su viuda, la señora Emilia Vicuña, viuda de Pissis, i a su hija la señorita Enriqueta Pissis Vicuña, una pension anual de dos mil pesos, de que gozarán con arreglo a la lei de montepío militar.