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Artículo UNICO de la Ley 1.110

Ley 1.110

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134177 / 7247250.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados a la Nacion por el jeneral de la Independencia, don Juan Gregorio de las Heras, concédese, por gracia, a su nieta doña María Teresa G. de las Heras, una pension mensual de treinta pesos de que gozará con arreglo a la lei de montepío militar.