Texto oficial
Artículo único.- En atención a los servicios prestados a la Nación por el señor don Antonio García Reyes, concédese a sus nietas solteras, doña María Amelia, doña Inés, doña Carolina i doña Filomena García i Cordovez, una pensión anual de mil doscientos pesos, de la cual gozarán con arreglo a la lei de montepío militar.