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Artículo UNICO del Decreto Ley 3497

Modifica planta sindicatura general de quiebras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134373 / 6162102.

Texto oficial

Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Planta de la Sindicatura General de Quiebras contenida en el artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 1177, de 1977, del Ministerio de Hacienda: a) En el escalafón Directivos Superiores, créase el cargo de "Síndico de Santiago" y ubícasele en el "Nivel III grado 4º E.U.S.". b) En el escalafón de Síndicos suprímese un cargo de "Síndico Nivel I grado 5º E.U.S.".