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Artículo UNICO del Decreto Ley 3612

Concedese, por gracia, beneficio que indica a don alberto triviño gonzalez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134415 / 8343154.

Texto oficial

Artículo único: Concédese, por gracia, a don Alberto Triviño González, quien obtuvo su título de Piloto de Guerra con anterioridad al 21 de Marzo de 1930, el derecho a reliquidar su pensión de retiro, computándosele, para este efecto, el 25% de sobresueldo correspondiente a la gratificación de vuelo que percibe el personal de la Fuerza Aérea de Chile de la Rama del Aire. El gasto que demande la aplicación del presente decreto ley, se imputará al ítem de Pensiones de la Tesorería General de la República.