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Artículo UNICO de la Ley 1.008

Ley 1.008

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134531 / 6162669.

Texto oficial

Artículo único.- Dispénsase, por gracia, al capitan de Ejército don José Manuel Latorre, el año de servicio en cuerpo que la lei de 23 de setiembre de 1890 exije, para que pueda ser ascendido al empleo inmediatamente superior, cuando por su antigüedad le corresponda.