Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 1.310

Ley 1.310

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134596 / 6162868.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese por gracia a don Agustin Eyzaguirre, para los efectos de su jubilacion los ocho años, dos meses i diez dias que sirvió el cargo de contador de la Caja de Crédito Hipotecario sin nombramiento del Presidente de la República.