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Artículo UNICO de la Ley 1.306

Ley 1.306

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134783 / 6163434.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese a la viuda del jeneral de división don Luis Arteaga, doña Elvira García, i a su hija soltera, doña Herminia Arteaga, el goce de una pensión anual de dos mil pesos. Esta pensión será incompatible con el goce de cualquiera otra pensión fiscal.