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Artículo UNICO de la Ley 1.452

Ley 1.452

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134808 / 6163503.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a la viuda del capitan de corbeta don Estanislao Lynch, señora Elena Canciani, i a sus menores hijos una pension anual de dos mil cuatrocientos pesos, de la que gozarán con arreglo a la lei de montepío militar.