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Artículo UNICO de la Ley 1.488

Ley 1.488

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134814 / 6163521.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese por gracia a doña Marta Flessing, viuda de Ballas, una pension de cuarenta pesos mensuales.