Texto oficial
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Raúl Montenegro Gamboa, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el período comprendido entre el 1° de Agosto y el 31 de Octubre de 1960.
Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo del interesado y la Caja de Previsión de la Defensa Nacional procederá a recibirlas.